En la madrugada de este jueves 22 de octubre del 2026, en una sesión maratónica, la Cámara de Diputados aprobó una nueva Ley de Discapacidad, impulsada por el Gobierno de Javier Milei. Obtuvo 237 votos afirmativos, 9 negativos y 4 abstenciones, y ahora debe ser tratado por el Senado, donde se espera un tratamiento rápido.
La iniciativa toma como base la Ley 27.793, pero le quita su carácter de emergencia temporalidad para convertirla en una norma permanente de orden público.
Debate en la Cámara de Diputados por la Ley de Discapacidad.
Foto: Federico López Claro
Por su parte, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció un límite para poder cobrar la Pensión No Contributiva por Discapacidad.
Cuál es el límite de ingresos para cobrar una pensión por discapacidad
De acuerdo con la Ley 27.793, quienes perciban ingresos superiores a dos salarios mínimos, móviles y vitales, por su actividad laboral o inscripción en los regímenes, se le suspenderá la prestación.
Cabe aclarar que este monto se calcula sobre los ingresos de la propia persona y no los del grupo familiar.
Según el límite establecido por ANSES, el monto máximo que se puede ganar en octubre del 2026 sin perder el beneficio es $782.400 (el salario mínimo se fijó en $391.200).
En cambio, en noviembre del 2026, el límite se actualiza con los cambios del salario mínimo, el cual queda fijado en $398.800; por lo que el equivalente a dos salarios mínimos sería $797.600.
Qué pasa si una persona con discapacidad trabaja en blanco y cobra una pensión
Según la norma, una persona con discapacidad que trabaja en blanco puede conservar su pensión, siempre y cuando sus ingresos mensuales no superen el límite establecido por la normativa vigente de dos salarios mínimos.
¿En qué casos se suspende la pensión por discapacidad y cómo se puede recuperar?
La Ley 27.793 establece criterios específicos sobre cuándo se interrumpe este beneficio y el mecanismo legal para volver a percibirlo:
- Por superar el tope de ingresos laborales: se aplica suspensión automática únicamente cuando el titular posee un empleo formal y sus ingresos económicos netos superan el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles.
- Por incompatibilidad de prestaciones: si el solicitante recibe protección por un régimen de previsión, retiro permanente o cualquier otra pensión de carácter contributivo o no contributivo.
- Por ingresos propios ajenos al trabajo: si la persona percibe ingresos económicos netos iguales o superiores a dos salarios mínimos por otro concepto individual.
Una señora con dificultad móvil siendo ayudada por una persona a bajar del auto. Foto: Magnific
- Por la evaluación socioeconómica o patrimonial: Si deja de cumplir con los criterios socioeconómicos que fija la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) junto al Consejo Federal de Discapacidad.
Cómo se puede recuperar:
- Se puede solicitar al momento en que finalice el vínculo laboral (independientemente de cuál fue la causa de despido o renuncia).
- Cuando los ingresos mensuales vuelvan a resultar inferiores al monto de los dos salarios mínimos vitales y móviles.
- El titular del derecho debe realizar formalmente la solicitud de rehabilitación inmediata ante la autoridad competente.
- La persona tendrá derecho a percibir los haberes de la pensión desde la fecha exacta en que formule dicha petición de reactivación.
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