La megacausa contra las financieras marplatenses Jonestur y Transcambio, acusadas por la Justicia Federal de operar como "lavadores profesionales" del dinero de la corrupción kirchnerista, entre ellos el circuito de los cuadernos de las coimas y los millones del fallecido secretario de Néstor Kirchner, Daniel Muñoz, dio un vuelco a partir de un fallo del tribunal de alzada, que dictó una batería de sobreseimientos y faltas de mérito y desarticuló la resolución dictada el año pasado en primera instancia.

La Cámara de Apelaciones de Mar del Plata dejó en pie los procesamientos de cuatro directivos de Jonestur, recortó los embargos multimillonarios que les habían fijado, y desvinculó a integrantes de la firma Transcambio.

El fallo, firmado por los jueces Bernardo Bibel, Martín Bava y Gabriel Di Giulio, respondió a la acusación de la fiscal Laura Mazzaferri, que trabajó junto con la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac). Para el tribunal, nunca existió una única macroestructura criminal ni un "gran grupo económico" integrado que conectara a las firmas investigadas.

Por el contrario, los camaristas concluyeron que se trató de empresas, sociedades y cuentas de personas totalmente independientes entre sí, por lo que adjudicarles un entramado común resultó un "razonamiento infundado".

Los allanamientos de 2016 en la sede de Jonestur, Mar del Plata. Fabián Gastiarena

"No ha quedado corroborado que los grupos económicos investigados hubieran interactuado con designio común u obrado de modo coordinado entre sí o integrado una unidad de operación. La sola referencia a maniobras genéricas no es suficiente si no se identifica en qué casos, qué sujetos eran los autores y alguna descripción de tiempo, modo y lugar", afirmaron los camaristas.

Dijeron que sostener imputaciones sobre una responsabilidad objetiva fundadas en el hecho de integrar un directorio o poseer una cuenta "confronta con la regla de la responsabilidad personal y el principio de inocencia".

Un revés a la investigación recayó sobre el tramo correspondiente a la financiera Transcambio. La Cámara revocó la totalidad de sus procesamientos y dictó el sobreseimiento definitivo de Hernán Vela, Gustavo Dip Ventureyra, Marcelo Cardellino, Gabriel Bilevich y Jorge Grouman, tras comprobarse que estos últimos ya se habían desvinculado años antes o solo integraban sociedades de financiamiento regular sin nexo con la colocación de divisas en el exterior.

En tanto, para el resto de la cúpula y empleados de Transcambio, entre ellos Sergio Fares (excandidato a intendente del Frente para la Victoria en 2007), los hermanos Jorge, Santiago y Andrés Vattuone, Gonzalo Acquila Rowlands, Gerardo Irigoin, Agustín Cersósimo, Miguel Amalfitano, Tomás Huanco, Jorge Tuduri y Ana María De Rosa, el tribunal dictó la falta de mérito por lavado de activos y declaró extinguida por prescripción la acusación por intermediación financiera no autorizada.

Tras el fallo, el juez Santiago Inchausti dispuso la "ejecución inmediata" del levantamiento de las inhibiciones generales de bienes, embargos y restricciones de circulación para los empresarios y bancarios desvinculados, y notificó a la Dirección Nacional de Migraciones que la obligación de informar avisos de viaje al exterior para la mayoría de los acusados quedaba sin efecto al advertir que "su situación procesal se vio sustancialmente modificada con el dictado de la resolución del Superior".

Respecto al Grupo Jonestur, el tribunal también aplicó una poda. Descartó la figura de la asociación ilícita al considerar que la firma operó legalmente como casa de cambio durante más de 40 años y que los delitos cometidos por ciertos directivos no transformaron a la sociedad en una banda criminal indeterminada.

Jonestur, la tradicional casa de cambio marplatense que fue investigada por la jusicia. Fabián Gastiarena

Así, revocó los procesamientos y dictó la falta de mérito para la mayoría de los familiares, herederos y socios minoritarios, como María Isabel Ramaglio, Belén Cardoso, Juan Carlos García Navarro, Alejandro Ramaglio, Gabriela García Navarro, José Ramón García Suárez y Marina Irazoqui, y el sobreseimiento definitivo de Soledad Irazoqui, quien demostró haber heredado sus acciones y haber repatriado y bancarizado sus fondos de manera legal bajo la ley de blanqueo ante la AFIP.

A un ex comisario inspector de la Policía Bonaerense, Gerardo Julio Gómez, a quien se le atribuía haber dado "cobertura policial" a arbolitos, y a Rolando Gabriel Todaro, sindicado en su momento como el nexo entre ambas organizaciones, también les revocaron los procesamientos.

A pesar de la ola de desvinculaciones, la causa mantiene acorralado al núcleo duro del Grupo Jonestur. La Cámara confirmó el procesamiento de cuatro de sus principales directivos: Oscar Rigano, Rubén Seret, Alfredo Blasco García y María Fernanda García Navarro.

Para el tribunal quedó probado que estos cuatro ejecutivos montaron un esquema paralelo e informal de banca clandestina en connivencia con la Banca Privada de Andorra (BPA) mediante al menos 30 sociedades pantalla constituidas en Panamá.

"Se ha podido probar que pusieron en circulación en el mercado dinero proveniente de la comisión de un delito a través de la administración y la transferencia del dinero en sus cuentas locales y aquellas constituidas en la Banca Privada de Andorra a nombre de sociedades que los tenían como beneficiarios", sostiene la resolución.

Para los camaristas, la prueba permite confirmar que se habría administrado y transferido dinero ilícito "con el objetivo de disimular su origen para ser utilizado por terceros en el mercado inmobiliario."

Fue a través de esta vía que los cuatro procesados administraron, transfirieron y disimularon el origen de millonarias sumas en dólares entregadas en efectivo en Mar del Plata por Sergio Todisco, el testaferro de Daniel Muñoz, para luego reinsertarlos en el mercado legal inmobiliario de Estados Unidos con la compra de lujosos condominios en Miami.

Daniel Muñoz, el fallecido ex secretario privado de Néstor Kirchner

Por estas maniobras internacionales, la Cámara los mantuvo procesados por el delito de lavado de activos agravado por la habitualidad y por haber sido cometido en banda.

Si les acarreó un beneficio al cuarteto imputado fue en el plano económico: la Cámara redujo sensiblemente los embargos fijados originalmente por el juez Santiago Inchausti, que alcanzaban los $50.000 millones, y los readecuó en $10.000 millones para cada uno de ellos.

En su voto, los camaristas criticaron la falta de pericias contables y la ausencia de informes técnicos del Banco Central en más de doce años de instrucción, advirtiendo que no se puede recurrir a la "responsabilidad objetiva" para imputar delitos gravísimos por el solo hecho de poseer un cargo formal o una caja de seguridad.

Con este panorama, el tribunal le fijó un plazo "improrrogable" de seis meses al juzgado de origen para cerrar la investigación y definir el paso a juicio oral de los únicos cuatro procesados que quedaron en pie. Resta ahora esperar la respuesta del Tribunal de Casación, puesto que la fiscalía presentó un recurso de apelación objetando las decisiones de la cámara.