La Verificación Técnica Vehicular (VTV) incorpora cambios desde agosto y amplía las opciones para realizar la revisión obligatoria. A partir del nuevo esquema, algunos talleres particulares, concesionarias e importadores podrán realizar la revisión, siempre que estén habilitados.

La modificación surge del Decreto 196/2025 y de las normas que pusieron en marcha un registro nacional para los establecimientos que quieran realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO). La inscripción es digital y gratuita, aunque los talleres deben cumplir una serie de requisitos.

Qué talleres pueden hacer la VTV

La principal novedad es que la revisión ya no tiene que hacerse exclusivamente en las plantas tradicionales. Los talleres particulares que cumplan las condiciones establecidas pueden incorporarse al sistema y ofrecer el servicio.

Sin embargo, no cualquier taller mecánico puede hacer la VTV. Para que la revisión sea válida, el establecimiento debe estar registrado y autorizado como Taller de Revisión Técnica.

El sistema contempla nuevos establecimientos para realizar las inspecciones. Foto: Archivo

Por eso, antes de llevar el vehículo, es necesario comprobar que el lugar esté habilitado para realizar la RTO y emitir la documentación correspondiente.

El registro funciona a través de Trámites a Distancia (TAD) y permite incorporar nuevos establecimientos.

Qué requisitos deben cumplir los talleres

Los talleres que quieran hacer la VTV deben contar con instalaciones adecuadas y con los equipos necesarios para revisar el estado de los vehículos.

También tienen que llevar un registro de cada inspección, que incluya el resultado y, en caso de rechazo del vehículo, los motivos. Además, el establecimiento debe estar a cargo de un ingeniero matriculado, quien será el responsable técnico de las revisiones.

Los conductores deberán verificar que el taller esté debidamente autorizado. Foto: Archivo

Los controles no quedan a criterio de cada taller: todos los vehículos deben ser revisados según los procedimientos y protocolos establecidos por la normativa.

Una vez terminada la revisión, el taller debe informar el resultado a la Secretaría de Transporte y entregar el Certificado de Revisión Técnica (CRT). También debe entregar la identificación para el parabrisas y un certificado digital con la misma validez que el CRT.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) es el organismo encargado de fiscalizar y auditar el cumplimiento de las condiciones exigidas por parte de los talleres.

Qué deben tener en cuenta los conductores

Cualquier vehículo particular, comercial, de pasajeros o de carga puede realizar la revisión técnica. El nuevo sistema amplía las opciones, pero no habilita a cualquier taller mecánico para hacerla. Para que la revisión sea válida, el establecimiento debe estar inscrito en el registro correspondiente y autorizado para realizar la RTO.

Antes de sacar un turno, es importante comprobar que el taller elegido esté habilitado. Una revisión realizada en un establecimiento que no forma parte del sistema no reemplaza la VTV obligatoria. Además, la documentación entregada carece de validez oficial.