Una iniciativa que merece ser elogiada e imitada
El Gobierno nacional eliminó los cargos hereditarios en la administración pública por medio del decreto 959/24, publicado en el Boletín Oficial. La norma señala que “no se admitirá para acceder a un empleo en el ámbito del sector público nacional ningún privilegio, ventaja o beneficio sustentado en vínculos hereditarios, cualquiera sea la modalidad de contratación”.
De esta manera, se prohíbe que tanto familiares como cónyuges de empleados estatales que hayan fallecido accedan a un empleo público en su reemplazo.
En los considerandos, el decreto enfatiza que “no resulta admisible que se mantengan prioridades para acceder a un cargo público ni se otorguen privilegios que contravengan el principio de igualdad”.
En ese contexto, el Gobierno cita el artículo 16 de la Constitución Nacional: “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”.
La medida pone fin a una premisa incomprensible, pero que estaba contemplada en estatutos y reglamentos de organismos y empresas estatales nacionales como YPF, la recientemente disuelta Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), el Banco Central y el Banco Nación, entre otros ejemplos.
En la gestión presidencial de Mauricio Macri se prohibió el acceso a cargos públicos basados en vínculos de parentesco y el Banco Central adoptó sus estatutos en esa línea. Pero la presidencia de Alberto Fernández dio marcha atrás. Finalmente, al inicio de la gestión del presidente Javier Milei estas normas volvieron a discutirse para que no trabaran el nombramiento de su hermana, Karina Milei, en la Secretaría General de la Presidencia.
En cualquier caso, el decreto en cuestión apunta en el buen sentido y obliga a todas las reparticiones públicas nacionales a acatarlo. En consecuencia, les otorga un corto lapso para adecuar sus disposiciones internas.
El punto clave que queda abierto es que el privilegio derogado a nivel nacional sigue vigente en las provincias y los municipios. Es por ello que el decreto presidencial invita a esas jurisdicciones a dictar normas similares.
Como sabemos, provincias y municipios de todo el país están gobernados por fuerzas opositoras, tanto las dialoguistas y próximas al Gobierno nacional como las más férreas adversarias.
Adoptar la perspectiva del Gobierno nacional les puede resultar por demás incómodo a todas ellas por igual. Pero sería lógico que fuera aplicada al sistema político en su conjunto.
Como hemos dicho en otras oportunidades, lo que está bien y puede funcionar en un nivel de gobierno y en una jurisdicción determinada, puede funcionar en cualquier otra. No importa el signo de quién gobierne, sino el nivel de acierto de la medida que se propone.
En Córdoba, por ejemplo, el convenio laboral de Luz y Fuerza fija que las designaciones de nuevos empleados en Epec se realizan a partes iguales entre la Provincia y el gremio, que arma listas de espera con familiares de los trabajadores.
Es claro que estos privilegios debieran ser eliminados en todo el país.